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Es el conjunto de normas jurídicas que rigen las sociedades humanas en una sociedad determinada. Se ocupa de las relaciones que se establecen con el fin de satisfacer las necesidadesmateriales de los seres humanos. Estudia al hombre en sociedad, sus formas de vida en el pasado y sus manifestaciones físicas y sociales. Estudia los hechos que ocurrieron en el pasado en una cierta sociedad. Se ocupa del Estado que es un medio de unión y de control social. Se encarga de estudiar la causa última de todas las cosas y sus consecuencias. Tiene como objeto el estudio de la conducta humana respecto a la cualidad moral. Estudia el tamaño, el crecimiento y la distribución del a población. Es cualquier actividad o producto realizado por el ser humano con una finalidad estética o comunicativa.
Tiene por objeto el estudio de la esencia y la percepción de la belleza. Tiene por objeto el estudio de los seres vivientes. Estudia las propiedades del espacio, el tiempo, la materia y la energía, así como sus interacciones. Estudia la composición y propiedades de la materia Estudia les relaciones entre seres vivos y el medio en que viven Se ocupa de ver la distribución de la población y la relación que tiene este hecho con factores. Estudia la estructura de los seres vivos, la estructura de los órganos que los componen. Dedicada al estudio de la vida, la salud, las enfermedades y la muerte del ser humano Pedagogía Tiene como objetivo el estudio a la educación como fenómeno psicosocial, culturaly específicamente humano. Psicología Lingüística Estudia todo lo que se refiere a la conducta del hombre, la manera de sentir de una persona.
Derechos individuales Derechos individuales es un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles. En 1688 en Inglaterra, Jacobo II, tras no encontrar el apoyo necesario para reinar, dejó el trono sin violencia jaime y voty a Guillermo de Orange. Así triunfó “La Revolución Gloriosa”, que estableció la Monarquía Parlamentaria sin dejar un solo muerto y se institucionalizaron los Derechos Individuales que tuvieron como base la Carta de la
Tolerancia, así como el Primero y Segundo Tratado de Gobierno de John Locke, quien es considerado como el primero en hacer mención a “The Individuals Rights”, anteriores y diferente a los Derechos Humanos. Si bien el proceso comenzó en Inglaterra, quienes los llevaron a sus últimas consecuencias fueron los norteamericanos cuando, cambiando la relación entre el gobierno y el ciudadano, determinaron el papel del gobierno en relación a la protección de Los Derechos Individuales. Y quizá lo más específico de este cambio fue "el derecho a la búsqueda de la felicidad", con el reconocimiento del valor ético de los intereses particulares como condición necesaria para el reconocimiento jurídico y político de Los Derechos Individuales.
Derechos colectivos El término derechos colectivos se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para algunos autores, los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación (ver derechos humanos). El derecho de autodeterminación de los pueblos tendría su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial. El tratado de Versalles (1919) no fue una aplicación de dicho principio, pero sí que hubo referenda de autodeterminación en diferentes territorios europeos en el periodo de entreguerras, (por ejemplo, el Sarre). En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento,privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc. No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de libre determinación de los pueblos en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social. La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de
istración fiduciaria) y XIII (Consejo de istración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios. DECLARACIÓN DE DERECHOS Y DEBERES 1. ALUMNADO DERECHOS 1. A recibir una educación y una enseñanza dignas y de calidad, que desarrollen sus capacidades como persona autónoma, respetando su personalidad. 2. A participar en la vida del Centro, recibiendo todo tipo de información y expresando libremente cuantas iniciativas, sugerencias y reclamaciones estimen oportuno, individualmente o por medio de sus representantes en los órganos colegiados. 3. A que se respete su dignidad personal: a que las actividades escolares se acomoden a su nivel de maduración y situación sociocultural y se le preste la ayuda posible. A no recibir malos tratos físicos, psíquicos y morales, ni sanciones humillantes ni otro tipo de castigos que no comporten una utilidad para él o ella. 4. A reivindicar un colegio con la mejor infraestructura posible y bien dotado. A utilizar el material, instalaciones y servicios existentes con las máximas garantías de seguridad, higiene y calidad. 5. A conocer los objetivos de su educación y formación, los materiales curriculares y la metodología que se van a utilizar, así como
los criterios y
tiempos en que se va a evaluar. A una valoración objetiva de su rendimiento escolar y a poder reclamar. 6. A que en los casos de accidente o enfermedad prolongada tenga la ayuda y medios necesarios para que no suponga detrimento de su rendimiento escolar. DEBERES Consigo mismo 1. Asistir diariamente a clase y respetar los horarios. Justificar las faltas de asistencia mediante escrito de padre, madre o tutores. 2. Acudir al Centro limpios y aseados, cuidando su aspecto personal.
3. Mantener sus cosas en orden. 4. Traer todo el material necesario. 5. Responsabilizarse de sus tareas propias como estudiante. 6. Seguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. Con los demás 1. Ser amables, afectivos y mantener una actitud positiva. 2. Mantener una actitud respetuosa y solidaria en la relación entre compañeros y compañeras, tratando de encontrar soluciones pacíficas a los problemas planteados. 3. Mantener una actitud respetuosa con los maestros y maestras, dialogando con ellos para solucionar los problemas, tanto los propios como los de la clase, colaborando siempre que sea necesario. 4. Respetar a sus padres, madres o tutores dialogando con ellos para resolver los conflictos y colaborando en las tareas de casa. 5. Respetar la dignidad y función no sólo del profesorado, sino de cuantas otras personas trabajen en el Centro y fuera de él. 6. Colaborar con sus compañeros y compañeras y saber compartir con ellos. 7. Colaborar en el cuidado y conservación del medio ambiente y del patrimonio cultural. 8. Respetar la integridad e intimidad de las personas. 9. Respetar la Normativa para la Convivencia.
Respecto al Centro 1. Respetar el edificio, instalaciones, mobiliario y material del Centro, cumpliendo la normativa de uso referida a ellos. 2. Informar del deterioro que pudiera haber en alguna dependencia. 3. Utilizar los servicios de comedor, transporte y actividades ofertadas por la AMPA de acuerdo con la normativa de funcionamiento. 4. Evitar los juegos o actividades violentas que perturben la tranquilidad. 5. No ausentarse del Centro sin autorización escrita de la familia o tutor. 6. Conocer el PEC y cumplir la Normativa para la Convivencia.
En la participación en órganos colegiados 1. Asistir y participar activa y responsablemente en las reuniones de los órganos colegiados. 2. Trasladar los acuerdos y propuestas de la Asamblea de clase a los órganos colegiados y viceversa. VALORES HUMANOS Valores Morales y Relaciones Humanas. Los Actos Humanos Existen dos tipos de actos, los Actos humanos y los Actos del hombre, ambos son ejecutados por el hombre pero poseen ciertas diferencias: Los Actos Humanos. Son ejecutados consciente y libremente, es decir, en un nivel racional. Son originados en la parte típicamente humana del hombre, es decir, en sus facultades específicas, como son la inteligencia y la voluntad. Estos son el objeto material de la Ética y son los que pueden ser juzgados como buenos o malos desde el punto de vista de la Moral. Los Actos del Hombre. Carecen de conciencia o de libertad o de ambas cosas, un ejemplo claro es por ejemplo la digestión, la respiración, etc. Los actos del hombre sólo pertenecen al hombre porque él los ha ejecutado, pero no son propiamente humanos porque su origen no está en el hombre en cuanto a hombre, sino en cuanto a animal. Estos actos carecen de moral (son amorales) por lo tanto no pueden juzgarse desde el punto de vista moral como buenos o malos, si pueden juzgarse como buenos o malos pero desde otro punto de vista, como por ejemplo el fisiológico. Los actos, ya sean humanos o del hombre, tiene un cierto valor ontológico independiente del valor moral. El valor ontológico o metafísico de laconducta humana se refiere al hecho real, a la existencia, a la objetividad del acto. En cambio el valor moral depende de ciertas condiciones subjetivas y propias de la persona que ejecuta dicho acto, como la intención, la libertad, el grado conciencia, etc. El valor moral se encuentra solo en los actos humanos y el valor ontológico se encuentra en ambos. Cuando se dice que un acto humano tiene un valor moral, se está implicando que este valor moral puede ser de signo positivo o de signo negativo. Trabajar, por ejemplo, tiene valor moral positivo, pero asesinar tiene un valor moral negativo. Normalmente hemos designado al valor moral negativo como "inmoral", pero esta palabra, en su etimología,
indica mas bien un desligamiento del valor moral y los únicos actos que están desligados de los valores morales son los actos del hombre, pero estos ya han sido calificados como "amorales". Todo acto humano tiene un elemento psíquico que también es motivo de una valoración moral, este es el "Fin" o "intención" que es el objetivo o finalidad por la cual se realiza un acto humano, por medio del fin o intención dos actos humanos idénticos pueden diferir notablemente por el autor que realizó cada acto. La palabra "Fin" tiene varios significados, desde luego no se tomará en cuenta el que se refiere a lo último, lo extremo. La palabra fin significa intención, objetivo, finalidad. La palabra fin tiene una doble división cuando significa objetivo o finalidad. Cuando significa objetivo, suele considerarse el fin próximo (es el que se subordina a otros), el fin último (no se subordina a ningún otro), el fin intermedio (participa de los dos, o sea, se subordina al fin último y él mismo mantiene subordinado al fin próximo). Cuando hablamos del fin como intención o finalidad, podemos referirnos al fin intrínseco del acto (es el que posee la acción misma de acuerdo a su propia naturaleza) o al fin del sujeto que ejecuta el acto (es el que de hecho intenta el actor de la acción, en algunas ocasiones este fin difiere con respecto al fin del acto). Otro aspecto que ha estado conectado a la Ética desde el tiempo de Aristóteles es el tema de la felicidad. La felicidad es la actualización de las potencias humanas, es decir, la realización y el ejercicio de a facultades y demás capacidades del hombre. Cuando el hombre pone a funcionar sus potencialidades, la consecuencia natural es la felicidad. Además, éste es el fin propio del hombre. El hombre está hecho para ser feliz. Desde el punto de vista de la Filosofía y la Psicología, la felicidad es la consecuencia normal de un funcionamiento correcto del ser humano. Se pueden distinguir tres tipos o niveles de felicidad: La Felicidad Sensible. Es la experiencia de satisfacción y beneplácito a partir de los sentidos.
La Felicidad Espiritual. Es superior a la sensible y se obtiene por el correcto funcionamiento de las potencialidades humanas en un nivel suprasensible, como la inteligencia, la voluntad, el amar, la libertad, el arte, las virtudes, etc.
La Felicidad Profunda. Proviene del núcleo de identidad personal. Es una felicidad más refinada que las dos anteriores y sólo se percibe cuando el individuo capta su propio núcleo por medio de un conocimiento conceptual y matemático. Cuando disponemos de los recursos emocionales adecuados, lo que anteriormente parecía amenazador, podemos terminar abordándolo como un desafío y afrontarlo con energía y hasta con entusiasmo.
Cultura de la paz La cultura de la paz consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones, teniendo en cuenta un punto muy importante que son los derechos humanos, así mismo respetándolos y teniéndolos en cuenta en esos tratados. Esta fue definida por resolución de laONU, siendo aprobada por la Asamblea General el 6 de octubre de 1999 en el Quincuagésimo tercer periodo de sesiones, Acta 53/243.
Garantías Ciudadanas Sin lugar a dudas que el Presidente Correa, cuando menos y en muchos actos de su gobierno, trata por medio de leyes, decretos y disposiciones istrativas que se que se imponga el principio universal que debe primar sobre todas las cosas: el respeto a la inocencia y garantías ciudadanas y no como se ha acostumbrado el país, que esta se debe demostrar, cuando es la culpa la que se debe, mediante proceso jurídico, probar; me refiero a temas financieros de crédito o comercio. Es inisible que por el interés particular de alguien, personal o institucional, en “defensa” de sus intereses publique y pregone, sin recato alguno, llamadas y cuestionamiento que, de lleno, van contra las garantías ciudadanas que están tipificada en la Constitución de la República. Y todo mortal debe saber, y más las autoridades judiciales, que no hay ley, reglamento o disposición istrativa alguna que atente, expresamente, contra lo que la ley suprema, la Constitución, manda. La llamada central de riesgo que se maneja desde años a través de la Superintendencia de Bancos es una tenaza que, en forma deliberada y mal aplicada, condena civil a la muerte comercial a un ciudadano. Esto lo ha manifestado el Presidente Correa desde la campaña Presidencial, hace más de dos años antes de ser Presidente; algo está pasando que no se supera esta perversa aplicación que tiene como aliado ilegitimo al Estado con un Gobierno de turno, que en la práctica deja que las cosas sigan como antes. Es
racional que la Central de Riesgo crediticio del Estado deba existir, pero no tener al Estado como su socio estratégico para presionar pago alguno, ya que para esto están los tribunales de justicia que, mal o bien, en el mundo entero son los llamados a condenar en sentencias ejecutoriadas pagos o insolencias crediticias. La Superintendencia de Bancos solo allí es que debe hacer constar la solvencia de algún ciudadano, y no como ahora que cualquier hijo de vecino se le ocurre enviarlo a la Central de Riesgo, llámese o no entidad legal o fantasma de crédito. Debe modificarse el Código Civil; de acuerdo a la Constitución, de hoy y de ayer, nadie puede estar sobre ella. Actualmente se cree, equivocadamente, que alguien que demanda tiene el derecho de publicarlo como le da la gana, sin esperar la sentencia ejecutoriada. Igual pasa con la sola citación publicada en forma antijurídica, ya que se debe observar el reglamento y leyes de la citación a seguir el proceso judicial de declarar la insolvencia de alguien. Actualmente, en forma satánica se ha hecho creer que la Citación publicitaria en forma indebida es causa final de insolvencia, cosa que no es así; es apenas la aspiración de alguien de seguir otro proceso jurídico ya con sentencia ejecutoriada. La banda quebrada corrupta y que hizo cogobiernos, caso Previsora y Filanbanco, cuyos brazos ejecutores aun están libres en leyes y reglamentos, hizo abuso y medio; es hora de que el Presidente y la Asamblea Legislativa terminen este carnaval de arbitrariedades. Todo mundo está obligado a cumplir la Ley Suprema, que es la Constitución vigente.