GASCA PATIÑO HECTOR VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ DIVORCIO UNILATERAL SOLICITUD INICIAL C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo notificaciones, documentos y valores el ubicado en Manuel Payno Número 30, Interior 204, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06800, en esta Ciudad de México Distrito Federal, y autorizando para los mismos efectos a los Licenciados en Derecho JESÚS MORALES RÍOS, ELOY BARRIOS VEGA, MARCO ANTONIO AGUILAR ORTIZ y ROSALIO MORALES RÍOS, así como a los pasantes de la carrera de derecho MACIEL ALEJAMDRINA ARIAS GUDIÑO, LORENA JIMÉNEZ CLAVERÍA, NALINI SÁNCHEZ CALDERÓN, ALBERTO VÁZQUEZ NERI, ISRAEL VALENCIA PIZA y ANDRÉS PEÑA SALAS, lo anterior en términos de lo dispuesto por el articulo 112 párrafo penúltimo del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente: Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 266 del Código Civil para el Distrito Federal, vengo a reclamar en forma unilateral de este Órgano Jurisdiccional mi voluntad de no querer continuar más con el vinculo matrimonio que me une con la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, persona que puede ser notificada de la presente solicitud en el domicilio ubicado en Calle de Bolívar Número 488, Colonia Algarín, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06880, en México Distrito Federal, basándome para ello en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho:
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1.- Con fecha dieciocho de febrero del año de mil novecientos noventa y cuatro, celebré matrimonio civil con la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, bajo el RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL, en esta Ciudad Capital, como lo acredito en términos de la copia certificada del acta de matrimonio que acompañamos a la presente solicitud como ANEXO UNO; así como en términos del convenio celebrado por ambas partes, respecto a los bienes de la sociedad conyugal, documento que exhibo a la presente solicitud como ANEXO DOS. 2.- De nuestro unión marital procreamos tres hijos, que viven y llevan por nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ, que cuentan a la fecha de la presentación de la presente solicitud de divorcio con 8, 14 y 16 años de edad respectivamente, por lo que todos son menores de edad, como lo acredito en términos de los atestados de nacimiento que exhibo al escrito unilateral como ANEXO TRES, CUATRO y CINCO. 3.- Establecimos nuestro último domicilio conyugal en el domicilio ubicado en Calle San Borja Número 1714, Colonia Independencia, Delegación Benito Juárez, Código postal 03630, en México Distrito Federal, domicilio que actualmente mi contraria abandono. 4.- Manifiesto a su Señoría que dentro del matrimonio no se adquirieron bienes muebles e inmuebles, por tal razón no ha lugar a liquidar ninguna sociedad. 5.- Con fecha diecinueve de mayo del año dos mil diez, la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, por su propio derecho en la Vía de Controversia del orden Familiar, Alimentos, y en representación de nuestros menores hijos de nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ, demando del solicitante el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia en su favor y de nuestros menores hijos, ante el Juzgado TRIGÉSIMO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, dentro del expediente 851/2010, Secretaria “A”, como se acredita en términos de las copias certificadas, documento que se exhibe a la presente solicitud como ANEXO SEIS, demandó del ahora solicitante el pago de una
PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL y en su oportunidad definitiva a favor de mi contraria y de nuestros hijos procreados, mediante auto de fecha veinticuatro de mayo del dos mil diez, se decreto por concepto de pensión alimenticia provisional a favor de mi contraria y nuestros menores hijos el CINCUENTA POR CIENTO del sueldo y demás prestaciones que obtiene el solicitante en el lugar donde prestó mis servicios, por lo que seguido que fue el juicio en sus etapas procesales, se condeno al solicitante mediante Sentencia Definitiva de fecha doce de octubre del dos mil diez, en términos del resolutivo segundo al pago de una pensión alimenticia Definitiva a favor de mi contraria y de mis menores hijos, consistente en el CUARENTA POR CIENTO del sueldo y demás prestaciones tanto ordinarias como extraordinarias, porcentaje entregado a mi contraria en forma semanal, por lo que no es materia de conflicto alguno los gastos alimentarios. 6.- En tales condiciones, y toda vez que ya no es mi deseo continuar con el matrimonio que me une a la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, es por lo que acudo a su Señoría en la vía y forma propuesta, y por lo que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Sustantiva Civil para el Distrito Federal, aplicable al caso en concretó en su numeral 267, adjunto a la presente solicitud el convenio de Ley respectivo.
CAPITULO DE PRUEBAS I.- LA CONFESIONAL a cargo de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, consistente en las posesiones que deberá desahogar en forma personalísima y no por conducto de Representante Legal alguno la parte contraria en el presente juicio, para lo cual solicito se le cite con los apercibimientos de Ley respectivo, a fin de que comparezca el día y hora que señale su Señoría para el desahogo de la probanza ofertada, y absuelva bajo protesta de decir verdad las posiciones formuladas al tenor del pliego que oportunamente será exhibido, y desde luego que previamente sean calificadas de legales. Esta prueba se ofrece para demostrar los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar que durante la relación marital se procrearon tres hijos, el
domicilio conyugal donde nos establecimos, la celebración del matrimonio, y es el hecho que durante nuestro matrimonio no adquirimos bien alguno, así como el hecho de que se viene proporcionando los alimentos por el solicitante a favor de de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ y mis menores hijos de nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ, la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. II.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en copia certificada del atestado de matrimonio del Registro Civil de fecha dieciocho de febrero del año mil novecientos noventa y cuatro. Esta prueba se ofrece para demostrar el hecho 1 de mi escrito de solicitud de divorcio, por ser un presupuesto procesal para la procedencia de la vía intentada, el régimen sobre el cual contrajimos matrimonio y la duración del mismo; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. III.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en el convenio de bienes de fecha dieciocho de febrero del año mil novecientos noventa y cuatro, celebrado entre el incausado, ante el Juez Decimo Segundo del Registro Civil del Distrito Federal. Esta prueba se ofrece para demostrar el hecho 1 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la forma y términos en que se istrarían los bienes que se llegaran a adquirir dentro de nuestra vida matrimonial; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. IV.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la copia certificada del atestado de nacimiento de nuestra hija de nombre DANIELA GASCA GÓMEZ. Esta prueba se ofrece para demostrar los hechos 2, 3 y 5 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la procreación de nuestra hija de nombre DANIELA GASCA GÓMEZ, y que dicha obligación alimentaria se viene
cumpliendo por el solicitante; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. V.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la copia certificada del atestado de nacimiento de nuestro hijo de nombre HÉCTOR GASCA GÓMEZ. Esta prueba se ofrece para demostrar los hechos 2, 3 y 5 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la procreación de nuestro hijo de nombre HÉCTOR GASCA GÓMEZ, y que dicha obligación alimentaria se viene cumpliendo por el solicitante; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. VI.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la copia certificada del atestado de nacimiento de nuestra hija de nombre GABRIELA GASCA GÓMEZ. Esta prueba se ofrece para demostrar los hechos 2, 3 y 5 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la procreación de nuestra hija de nombre GABRIELA GASCA GÓMEZ, y que dicha obligación alimentaria se viene cumpliendo por el solicitante; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. VII.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en las copias certificadas expedidas por el Juzgado Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dentro del expediente 851/2010, Secretaria “A”. Esta prueba se ofrece para demostrar el hecho 5 de mi escrito de solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar que los alimentos fueron motivo de un Juicio y que a la fecha se siguen proporcionando; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. VII.LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todo lo actuado en el
presente procedimiento unilateral en todo lo que le beneficie a los intereses del solicitante. Esta prueba se ofrece para demostrar todos y cada uno de los hechos materia de la solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la existencia de la relación conyugal entre las partes, la procreación de tres hijos dentro de nuestra relación matrimonial, que durante la vida marital no adquirimos bien alguno, y que los alimentos se proporcionan en forma semanal, a favor de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ y mis menores hijos de nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio. VIII.PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, consistente en los razonamientos Lógicos y Jurídicos que realice su señoría, para que a través de hechos conocidos se sirva averiguar hechos desconocidos y llegar a la verdad formal de los hechos. Esta prueba se ofrece para demostrar todos y cada uno de los hechos materia de la solicitud de divorcio, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar la existencia de la relación conyugal entre las partes, la procreación de un hijo dentro de nuestra relación matrimonial, que durante la vida marital no adquirimos bien alguno, y que los alimentos se proporcional en forma semanal, a favor de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ y mis menores hijos de nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar la procedencia de la propuesta de convenio.
D E R E C H O En cuanto al fondo del presente asunto son aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 266, 267, 287, y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal. Por lo que hace al procedimiento se rige por las disposiciones contenidas en los artículos 24, 156, 255,
256, y demás relativos y aplicables del código Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal.
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Por lo anterior expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva;
PRIMERO.- Reconocer la personalidad con la que me ostento, por señalado el domicilio y por autorizadas a las personas que se indican para los fines que se precisan. SEGUNDO.- Dar entrada a la solicitud de divorcio, por ofrecida la propuesta de convenio y por ofertada las pruebas relacionadas con el mismo. TERCERO.- Ordenar se notifique a mí contra parte de la solicitud unilateral de divorcio a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga. CUARTO.- En su oportunidad previo los términos de Ley, ordenar la disolución del vinculo matrimonial, aprobado el convenio planteado por el solicitante.
PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 25 de Febrero del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.
PROPUESTA DE CONVENIO QUE SE EXHIBE A LA SOLICITUD DE DIVORCIO UNILATERAL PROMOVIDO POR HÉCTOR GASCA PATIÑO, QUE SE PRESENTA EN TÉRMINOS DE LOS ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 267 DEL CÓDIGO CVIL VIGENTE PARA EN EL DISTRITO FEDERAL, A EFECTO DE REGULAR LAS CONSECUENCIAS INHERENTES A LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL PLANTEADO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
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PRIMERA.- Ambas partes manifiestan que respecto a la guarda y custodia de mis menores hijos de nombre GABRIELA y DANIELA de apellidos GASCA GÓMEZ; queden a cargo de la C. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, quedando a cargo del C. HÉCTOR GASCA PATIÑO, la guarda y custodia del menor HÉCTOR GASCA GÓMEZ. SEGUNDA.- Ambas partes manifiestan que respecto del derecho de visita de los menores, este queda abierto, respetando los horarios de comida, estudios y descanso de nuestros menores hijos. TERCERA.- El modo de atender las necesidades de nuestros menores hijos de nombres GABRIELA, HÉCTOR y DANIELA todos de apellidos GASCA GÓMEZ, así como de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, las partes manifiestan que esta se decretaron ante el Juzgado Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en el Juicio de Controversia del Orden Familiar, alimentos, bajo el expediente 851/2010, Secretaria “A”, el CUARENTA POR CIENTO de mi sueldo y demás prestaciones ordinarias y extraordinarias, mismas que se otorgan semanalmente a la acreedora alimentista. CUARTA.- Ambas partes manifiestan que es su voluntad que el domicilio ubicado en Bolívar Número 488, Colonia Algarín, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06880, en México Distrito Federal, lo seguirá ocupando mis menores hijas de nombres GABRIELA, y DANIELA de apellidos GASCA GÓMEZ, así como de la Señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ. QUINTA.Ambas partes manifestamos que contrajimos nupcias bajo el régimen de sociedad conyugal, pero durante la unión marital no adquirimos bien alguno que sea materia de istración y liquidación; por lo que para tal efecto, exhibimos el convenio a que hace referencia el artículo 98 fracción V del Código Civil para el Distrito Federal, y no así el inventario, avalúo ni proyecto de partición, por no haber bienes que liquidar. SEXTA.- Toda vez que el presente convenio no contiene cláusula alguna contraria a la moral, las buenas costumbres y al derecho, solicitamos que el mismo se apruebe en los términos propuestos por los otorgantes.
PROTESTAMOS LO NECESARIO México, D.F., a 25 de Febrero de dos mil once.
_______________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.
_______________________________ YARLA INGREED GÓMEZ PATIÑO.
GASCA PATIÑO HECTOR VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ JUICIO: DIVORCIO UNILATERAL. EXPEDIENTE: 387/2011. SECRETARIA: “A” C. JUEZ DECIMO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, con la personalidad que debidamente tengo acreditada en los autos del juicio que ha rubro se indica, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo. Que por medio del presente escrito, vengo a exhibir debidamente sellado el oficio numero 1536/11 de fecha 0nce de Marzo del año dos mil once, signado por el C. Juez Decimo de lo Familiar del Distrito Federal, presentado ante la oficialía del Juzgado Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el día dieciséis de marzo del año en curso, para los efectos legales a que haya lugar. Por lo anterior expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva; ÚNICO.- Tener por exhibido el oficio de
referencia a que se contrae en el cuerpo del presente escrito.
PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 14 de Abril del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO. GASCA PATIÑO HECTOR. VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ. JUICIO: DIVORCIO UNILATERAL. EXPEDIENTE: 387/2011. SECRETARIA: “A” C. JUEZ DECIMO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, con la personalidad que debidamente tengo acreditada en los autos del juicio que ha rubro se indica, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo. Que por medio del presente escrito, vengo a solicitar a su Señoría se le requiera el C. Juez Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para que informe a este H. Juzgado de lo Familiar, respecto al estado procesal que guardan los autos del Juicio De Controversia del Orden Familiar, Alimentos, promovido por YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ en contra de GASCA PATIÑO HÉCTOR, bajo el expediente 851/2010 y radicado antes el Juzgado Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, toda vez que a la fecha no obra en autos dicho informe requerido mediante oficio 1536/11 de fecha once de marzo del año en curso, ordenado mediante auto de fecha dos de marzo del dos mil once.
A USTED C. JUEZ,
Por lo anterior expuesto y fundado; atentamente solicito se sirva;
ÚNICO.- Tener por hechas las manifestaciones a que refiero en el cuerpo del presente escrito, ordenando se le requiera al C. Juez Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para que informe lo ordenado
mediante auto de fecha dos de marzo del dos mil once. PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 14 de Abril del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.
GASCA PATIÑO HECTOR VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ JUICIO: DIVORCIO UNILATERAL. EXPEDIENTE: 387/2011. SECRETARIA: “A” C. JUEZ DECIMO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, con la personalidad que debidamente tengo acreditada en los autos del juicio que ha rubro se indica, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo. Que por medio del presente escrito, y visto el estado procesal que guardan los presentes autos, toda vez que mi contraria no dio contestación a la solicitud de divorcio, vengo a acusar la rebeldía en que incurrió, al mismo tiempo solicito que su Señorea se sirva señalar día y hora para citar a las partes para promover acuerdo en la presente solicitud. Por lo anterior expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva; ÚNICO.Tener por hechas las manifestaciones a que refiero en el cuerpo del presente escrito, señalando día y hora para la audiencia de Ley.
PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 14 de Abril del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.
GASCA PATIÑO HECTOR VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ JUICIO: DIVORCIO UNILATERAL. EXPEDIENTE: 387/2011. SECRETARIA: “A” C. JUEZ DECIMO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, con la personalidad que debidamente tengo acreditada en los autos del juicio que ha rubro se indica, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo. Que por medio del presente escrito, vengo a ofertar las siguientes constancias, consistentes en dos recibos de pago por concepto de pago de pensión alimenticia a favor de la señora YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ, con la finalidad de acreditar que hasta el momento el suscrito cumple con el pago de pensión alimenticia, el primero de fecha veintiocho de marzo y el segundo de fecha cuatro de abril ambos del dos mil once, ya que con el referido medio de prueba se pretende acreditar que los alimentos fueron motivo de un Juicio y que a la fecha se siguen proporcionando; la referida probanza se oferta en atención de que es necesaria para acreditar el pago de la pensión decretada por el C. Juez trigésimo Tercero de lo Familiar del Distrito Federal, la segunda constancia consistente en el oficio numero 6351, de fecha once de Noviembre del año dos mil diez, signada por el C. Juez Trigésimo Tercero de lo Familiar del Distrito Federal.
Por lo anterior expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva; PRIMERO.- Tener por hechas las manifestaciones a que refiero en el cuerpo del presente escrito. SEGUNDO.- Tomar en consideración las referidas constancias, para que en su momento dictar sentencia los alimentos no sean materia de la presente solicitud de divorcio.
PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 14 de Abril del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.
GASCA PATIÑO HECTOR. VS. YARLA INGREED GÓMEZ MARTÍNEZ. JUICIO: DIVORCIO UNILATERAL.
EXPEDIENTE: 387/2011. SECRETARIA: “A” C. JUEZ DECIMO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E HÉCTOR GASCA PATIÑO, con la personalidad que debidamente tengo acreditada en los autos del juicio que ha rubro se indica, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo. Que por medio del presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto en el artículos 685 Bis del Código de Procedimientos Civiles en vigor para el Distrito Federal, vengo a solicitar a su Señoría declare que la Sentencia de fecha veintiuno de Junio del año en curso HA CAUSADO EJECUTORIA para todos los efectos legales a que haya lugar, previa certificación correspondiente, en virtud de que la resolución dictada en la presente solicitud es inapelable y por lo tanto no existe termino legal para interponer recurso por las partes en contra de la Sentencia dictada por este H. Órgano Jurisdiccional, por lo solicito girar atento oficio de Ley al C. DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL en términos del resolutivo séptimo de la resolución antes referida, anexando el auto que declare que la sentencia ha causado ejecutoria. Por lo anterior expuesto; A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva; ÚNICO.- Declarar que la Sentencia dictada por su Señoría en este asunto, ha causado ejecutoriada para todos los efectos legales a que haya lugar. PROTESTO LO NECESARIO México, D.F., a 30 de Junio del dos mil once.
____________________________ HÉCTOR GASCA PATIÑO.