TRAMITE DE LAS EXCEPCIONES PREVIAS
Se deben interponer en el término de traslado de la demanda. En los procesos ejecutivo se deben interponer en los 3 primeros días del traslado de la demanda vía recurso de reposición.
Únicamente son excepciones previas las consagradas en el art 100 CGP. SON TAXATIVAS
Se presentan en un escrito a parte, que debe contener las razones y hechos que las motivan. Junto con este escrito se presentan las pruebas en manos del demandado.
El juez no podrá decretar pruebas diferentes a las presentadas por el demandado, excepto cuando se alegue: A. FALTA DE COMPETENCIA: -por domicilio de persona natural -por el lugar donde ocurrieron los hechos B. FALTA DE LITISCONSORCIO NECESARIO
El juez decretara la excepción mediante auto que se notificara al demandante por estado, en una lista que se encuentra en la secretaria del juzgado que se mantendrá a disposición de las partes por un día
El demandante tiene tres días, contados a partir del día siguiente a la notificación por estado, para pronunciarse sobre ellas y si es necesario subsane los defectos.
El juez decidirá sobre las excepciones que no requieran práctica de pruebas antes de la audiencia inicial Cuando requiera practica de pruebas, el juez citara a la audiencia inicial y en ella practicara y resolverá las excepciones
Si prospera alguna excepción que impida el trámite del proceso que no pueda ser subsanada o que no se la haya subsanada a tiempo, el juez terminara la actuación
PROSPERIDAD DE LAS EXCEPCIONES PREVIAS
EXCEPCIONES PREVIAS ART 100 CGP
SI PROSPERA
1° falta de competencia o jurisdicción
Se envía el proceso a quien sea competente; correctiva.
2° compromiso o clausula compromisoria
Se decreta la terminación del proceso, es extintiva, art 95 #4 CGP
3° inexistencia del demandante o demandado
Es extintiva
4° incapacidad o indebida representación 5° ineptitud de la demanda por falta de requisitos formales
Se puede subsanar antes de la primera audiencia, si prospera es extintiva Es extintiva
6° no haberse presentando prueba de alguna calidad para ser parte
Se puede subsanar pero si prospera es extintiva
7° habérsele dado a la demanda un trámite que no corresponda
El juez ordenara darle el trámite que legalmente corresponda
8° pleito pendiente
Es extintivo para uno de los procesos
9° no comprender la demanda a todos los litisconsortes necesarios
Tramite correctivo
10° no haberse ordenado la citación de otras persona que la ley dispone
Tramite correctivo