COMENTARIO DE TEXTO SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE 1845. Tipo de texto y autor El texto que se va a analizar se trata de la Constitución de 1845, documento en el que se establecen un conjunto de leyes igualitarias por las que deben regirse todos los ciudadanos españoles. Dicha constitución fue elaborada por el partido moderado liderado por el General Narváez. Este partido tenía como objetivos el fortalecimiento de la corona, la centralización de la istración y el establecimiento de un orden publico más eficaz. La Constitución de 1845 se trata de una reforma de la anterior constitución (la Constitución de 1837) que recoge las ideas moderadas y desecha toda idea progresista que esta contenía. Contexto histórico Esta constitución se aprobó el 23 de Mayo de 1845 durante el inicio del reinado de Isabel II, concretamente en la Década Moderada (1844-1854). Anteriormente, debido a la minoría de edad de Isabel, transcurrieron dos regencias: la de su madre María Cristina y posteriormente la del general Espartero. Durante estas dos regencias se produjo una progresiva división del bando liberal en dos partidos: el moderado y el progresista. El partido moderado defendía la centralización del Estado y de la istración y además apoyaba la monarquía. El partido progresista, en cambio, apostaba por una soberanía nacional representada por las Cortes y el robustecimiento de los poderes locales. Los progresistas, a pesar de no contar con el apoyo de la corona, crearon la Constitución de 1837, que estuvo vigente poco más de cinco años. Cuando los generales O’Donnel y Narváez se pronunciaron contra el gobierno autoritario de Espartero, esta constitución dejó de estar vigente. La Constitución de 1845 contó con el apoyo de la corona, ya que Isabel II manifestó siempre un marcado favoritismo por el partido moderado, llegando al punto de manipular las elecciones, vulnerando así la constitución. Ideas fundamentales del texto Las ideas fundamentales de esta constitución fueron:
El establecimiento de una soberanía nacional compartida entre las Cortes y la corona.
La supresión de la Milicia Nacional y las autonomías municipales.
La religión católica como única religión de la nación.
El establecimiento de un sufragio censitario.
Comentario de las ideas fundamentales del texto El gobierno moderado, liderado por Narváez, tuvo como objetivos centralizar la istración y el estado, además de otorgar más poder a la corona y así lo plasmó en esta constitución. En primer lugar la Constitución de 1845 estableció como sujeto de la soberanía a la reina Isabel II y a las cortes, restringiendo así el poder al pueblo y otorgándoselo a la corona: Art. 12 - “La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey”. Estas cortes estaban compuestas por el senado y el congreso de los diputados. A su vez, esta constitución estableció un sufragio censitario que solo permitía a un 1% de la población participar en el congreso de los diputados: Art 22 - “Para ser Diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley Electoral exija(...)” Esta constitución también estableció la supresión de la Milicia Nacional, que quedaba sustituida por la Guardia Civil, con el objetivo de salvaguardar el orden público y la propiedad privada. También suprimió las autonomías municipales, fortaleciendo así la centralización del Estado que el partido moderado buscaba. Por último, se estableció la religión católica como única religión de la nación, en un intento de reconciliación del Estado con la Iglesia: Art. 11 - “La Religión de la Nación española es la católica, apostólica, romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.” Esta reconciliación se hará posible en 1851 con el Concordato con la Santa Sede. Conclusión La Constitución de 1845 fue una de las tantas que se elaboraron durante el reinado de Isabel II. Todas estas constituciones tuvieron algo en común: el sufragio censitario, que restringía la participación en las Cortes a los más adinerados y los más influyentes de la sociedad. Estos suponían un porcentaje ínfimo de la población, lo que significa que la única porción de la población que podía intervenir en las Cortes eran aquellos que velaban por sus propios intereses y estos intereses no eran compartidos por el resto de la población. Afortunadamente, en la actualidad, nuestra constitución establece un sufragio universal, que nos permite (en teoría) intervenir en la creación y modificación de la legislación. Este sufragio universal es indirecto, por lo que nuestra forma de intervención consiste en elegir a un representante que actúe en nuestro nombre, aunque en la práctica esto no se cumpla.