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EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA
Tema:
Integrantes:
Escuela Profesional DERECHO
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Espinoza Torres Jhonatan Paquico Aguilar Roni Pauca Vela Tania Riega Bejarano Xiomara Ruiz Villafana Ronald
Periodo académico: Semestre: XI Unidad: 2
VI
INTRODUCCIÓN
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA TEMA DE INVESTIGACIÓN FORMULACIÓN DEL TEMA DE INVESTIGACIÓN ¿Cómo explicar el vientre subrogante y el derecho humano a la maternidad como factor incorporante en legislación peruana? FUNDAMENTACIÓN DEL TEMA DE INVESTIGACIÓN OBJETIVO GENERAL Definir el vientre subrogante y el derecho humano a la maternidad como factor incorporante en legislación peruana OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Analizar el esquema conceptual y jurídico del vientre subrogante. 2. Explicar la normatividad internacional de vientre subrogante. 3. Explicar los criterios para la isión o denegación del vientre subrogante en la legislación comparada. 4. Analizar la importancia de una incorporación del vientre subrogante a la legislación nacional.
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA 1. MATERNIDAD SUBROGADA: DESARROLLO CONCEPTUAL Y NORMATIVO 1.1. Maternidad Subrogada: definición y controversias de orden conceptual.
Desde el punto de vista convencional la maternidad es entendida como un estado propio de la mujer, fruto de un proceso biológico o de una adopción. Sin embargo, en la actualidad, los avances científicos y el desarrollo de técnicas de reproducción asistida han dado origen a nuevas representaciones sociales de la maternidad, así como figuras jurídicas que ponen de manifiesto un cambio en los parámetros tradicionales que definen este concepto
López y Aparisi
Todos los nombres al vientre subrogante evidencian una alternativa de solución a la maternidad y/o paternidad de personas o parejas que se ven impedidas de concebir y/o gestar hijos por ellos mismos
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Ruiz
Los intentos para unificar la nomenclatura han llegado a revelar 17 nombres diferentes en español para referirse a la maternidad subrogada
Lamm
La mujer que actúa como gestante, precisamente gesta un hijo para otro, y la palabra “sustitución” especifica que se gesta para otro, y por otro que no puede hacerlo.
Arámbula
• Esta definición es la mas usada: maternidad subrogada • Práctica mediante la cual una mujer gesta a un niño o niña por encargo de otra persona o de una pareja ante quien o quienes se compromete a entregar al recién nacido renunciando a sus propios derechos de madre, por lo general a cambio de una suma de dinero
Sánchez
Práctica por la que una mujer acepta portar en su vientre un niño por encargo de otra persona o de una pareja, con el compromiso de, una vez llevado a término el embarazo, entregar al recién nacido al comitente o comitentes, renunciando aquélla a la filiación que pudiera corresponderle sobre el hijo gestado.
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA Arámbula El concepto de Sánchez no específica qué tipo de mujer va a ser la subrogante, ni quién va a ser la subrogada. • mujeres casadas Es preciso señalar qué mujer puede fungir como • solteras madre subrogante. • convivientes No sería correcta la denominación de maternidad • heterosexuales subrogada en aquellos casos en los que la mujer • homosexuales gestante concede, no solo su vientre, sino también aporta sus óvulos para la gestación de un niño en favor de otra mujer o de una pareja. La verdadera subrogación presupone que el embrión es ajeno, esto es que ha sido implantado en una mujer que no ha aportado sus óvulos para la procreación. Scotti
dos modalidades
• Tradicional: la madre subrogada también es la madre genética Puesto que es la propia gestante quien aporta los gametos femeninos. • Maternidad subrogada gestacional, la concepción tiene lugar a partir del óvulo u óvulos de una mujer diferente de la madre subrogada.
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA Naturaleza Jurídica del contrato de alquiler de vientre o subrogación materna: • De naturaleza privada • Se expresa en un documento privado
¿es propiamente un contrato?
• Dicho contrato; no es netamente de carácter privatista, Prima el interés público
si ello fuera así, convalidaríamos el hecho que la vida humana en formación, sea de disposición de los contratantes
Se discute es una vida humana, y la salud Principio tuitivo y de respeto a la dignidad y los derechos humanos • Sobre la dificultad al respecto, nuestro Código Civil en su Libro VII, (Fuente de obligaciones), Art. 1351° respecto ala definición del contrato preguntarse sobre si en este tipo de relación jurídica es de índole patrimonial, económica o pecuniaria
Lo que sería absurdo considerar que el vientre y la vida del concebido es un bien patrimonial de disposición por parte de los signatarios
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA Figuras jurídicas de la relación consensual y denominación de las partes Entendiendo el contrato de alquiler como lo señala nuestro Código Civil vigente, intervienen un arrendador concebida esta como la persona que da en arriendo una cosa a cambio de un precio estipulado La mujer que alquila su vientre o finge de madre sustituta la relación jurídica en estudio viene a ser
El arrendatario viene a ser la pareja que contrata a la mujer como madre portadora La cosa o bien materia de alquiler que viene a ser el vientre.
Medina y Erades aclaran El útero, en su calidad de componente no regenerante del cuerpo humano, se encuentra fuera del comercio.
Así los sujetos en esta figura varían de denominación, siendo el locador la madre sustituta que presta el servicio y los comitentes la pareja contratante que retribuye de manera pecuniaria la prestación. Por otro lado, cuando de la intención de las partes, se deduzca que la naturaleza de ésta es gratuita, será aplicable la figura del comodato
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA Licitud del contrato de alquiler de vientre MEDINA Y ERADES El consentimiento tornaría lícito el acto siempre que no se vulneren la moral y el orden público. Sin embargo, agregan las autores, lo que es indisponible e irrenunciable es el derecho a la patria potestad dado anticipadamente por la gestante LLEDO YAGUE Estos contratos contravienen la más elemental regla de orden público: el respeto a la dignidad y al valor de la persona humana, de la cual deriva, en principio, su indisponibilidad. GUSTAVO BOSSERT ite la licitud de este pacto cuando el mismo es gratuito, desconociendo, sin embargo, acción a los contratantes para reclamar el niño; siendo la obligación de quien presta su vientre de tinte puramente natural y, en consecuencia, no exigible judicialmente.
Dres. Nuñez, Noutel, Pereira, Tanzi, Lombardi, López Cabana, Loyarte y Rotonda
Desde un punto de vista del análisis económico del derecho, la prohibición absoluta de Este contrato es ineficaz, puesto que excede los límites establecidos Alquiler de vientre o existencia por la autonomía de la voluntad, y contiene un objeto y una causa fin de madres subrogadas, como ilícitos toda prohibición generaría un mercado negro del alquiler de circunstancias a analizar vientre, ya que siempre van haber personas con necesidad El caso en que se simule el embarazo de la madre de recurrir a dichos servicios y genética, otros dispuestos a brindarlos faltando así a la ética profesional conducta esta tipificada en nuestro Código penal vigente, en su Art. 144° como fingimiento de embarazo o parto
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA d) Efectos Jurídicos del alquiler de vientre: Por la sola celebración del acuerdo: • Queda establecida la calidad de partes • Se determina el ámbito espacial y temporal • El arrendador se obliga a la prestación del vientre para ser inseminado artificialmente. • Los arrendatarios se comprometen a brindarle los cuidados necesarios durante la gestación y el pago de un estipendio al concluir el proceso • Cláusula Condicionante o Circunstancial • En caso que la gestante pierda al párvulo por culpa o negligencia, esta no tendrá derecho a reclamar el precio convenido por tal acuerdo.
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1.2. Iniciativas en Maternidad Subrogada y Filiación. Proyecto de Ley Nº 2839/2013-CR. Su objetivo es el de proponer una regulación de este tratamiento tal y como se puede leer en el siguiente fragmento: “Se pretende regular una nueva modalidad de maternidad conocida como «maternidad sustituta parcial altruista” La propuesta legislativa busca modificar el artículo 7º de la Ley General de Salud, Ley 26842, que incorpora la modalidad de maternidad sustituta parcial y altruista. ASPECTOS EN LA FILIACIÓN a) Negación de la paternidad
b) Casos de transexualismo
Esto implica que la investigación de la paternidad en casos de inseminación artificial de donante o heteróloga no será posible si previamente el cónyuge no impugna la paternidad por alguna de estas causales y logra sentencia favorable. En Perú, la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 06040-2015PA/CT dejó sin efecto la doctrina jurisprudencial que establecía que el sexo era un elemento inmutable
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL a) Primera Postura: Prohibición de la gestación por sustitución
El marco normativo de los países que sostienen esta postura prohíbe y declara nulos todos aquellos acuerdos de gestación por sustitución.
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA b) Segunda Postura: isión, solo cuando es altruista y bajo ciertos requisitos y condiciones
Los países que sustentan esta postura iten la maternidad subrogada en aquellos casos que no impliquen contratos y/o intercambios comerciales, es decir; únicamente en situaciones con fines altruistas.
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA El segundo grupo norma aquellos acuerdos de maternidad subrogada ex post facto, es decir; el procedimiento centra su atención en la transferencia de la filiación post parto
1. La regulación contemplada en el primero de ellos prevé un proceso de mayor rigurosidad en cuanto al cumplimiento estricto de los requisitos a los que se someten las partes antes del procedimiento de subrogación materna.
1. el sistema de control aplicado al segundo grupo pone énfasis en el procedimiento posterior al nacimiento del menor con el objeto de legitimar la filiación en favor de los padres solicitantes, sin embargo, le otorga a la madre gestante la facultad de definir el curso del acuerdo una vez nacido el menor
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA c) Tercera Postura: isión amplia Los países que sostienen esta postura consideran la maternidad subrogada como una práctica legal
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA 3. Maternidad Subrogada en el Perú No existe un marco normativo explícito que regule la maternidad subrogada, ni para declararla nula, ni para itirla La Ley 26842, Ley General de Salud en su artículo 7 establece una prohibición tácita respecto de esta práctica El Código Civil peruano en materia de filiación se encuentra desfasado La maternidad subrogada es una práctica real en el Perú que ha sido puesta en evidencia, principalmente, a través de fuentes periodísticas • La sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia en diciembre del año 2011 (casación N.º 563-2011, Lima)
La primera resolución de este órgano en relación con la maternidad subrogada, Definiiò aspectos referidos a la filiación e interés superior
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Proyecto de Ley 2839/2013-CR
Tenía como finalidad modificar el artículo 7 de la Ley 26842, Ley General de Salud e incorporar la modalidad de maternidad sustituta parcial altruista
En consecuencia se evidencia • Tratamiento irregular de la maternidad subrogada en el Perú y su afectación al derecho a ala maternidad por ausencia de regulación o definición mas precisa. • El vacío legal que impide su control y dificulta la resolución de conflictos derivados de esta práctica,
EL VIENTRE SUBROGANTE Y EL DERECHO HUMANO A LA MATERNIDAD COMO FACTOR INCORPORANTE EN LEGISLACIÓN PERUANA ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LA INFORMACIÓN 3.1. Interpretación del Tema.
• En el Perú no existe un marco normativo explícito que regule la maternidad subrogada, ni para declararla nula, ni para itirla. • Sin embargo, esta es una práctica real que ha sido expuesta principalmente a través de fuentes periodísticas que develan la forma clandestina e ilegal con la que actúan algunas personas y clínicas involucradas. • Esta situación evidencia, no solo el tratamiento irregular de la maternidad subrogada en el Perú, sino esencialmente, el vacío legal que impide su control y dificulta la resolución de controversias derivadas de esta práctica, razón por la cual resulta necesario y relevante adoptar medidas que de forma explícita ordenen esta realidad.
CONCLUSIONES
PRIMERO: Es importante apreciar la conducta del órgano jurisdiccional ante dichos casos, donde el principal sujeto en dicha disputa es una persona humana, que tiene los mismos derechos y obligaciones que le otorga e impone el orden jurídico, así la jurisprudencia contribuirá enormemente a sentar precedentes valiosos para istrar justicia ante estas controversias. SEGUNDO: Es tarea de los legisladores crear leyes que vayan de la mano con el avance científico, para establecer límites y responsabilidades debido a que es necesario resguardar el orden jurídico-social y crear pautas para una convivencia armónica. TERCERO: Cuando los avances científicos y tecnológicos entren en conflicto con los derechos fundamentales de la persona, siempre debe primar la dignidad humana, como principio dominante e ineludible para forjar una comunidad civilizada fundada en el respeto recíproco. CUARTO: Ante el vacío legal que evidencia no solo el tratamiento irregular de la maternidad subrogada en el Perú, esta impide su control y dificulta la resolución de controversias derivadas de esta práctica en ejercicios ilegales siendo esta la razón principal por la cual resulta necesario y relevante adoptar medidas que den forma explícita ordenen esta realidad.
¡Gracias!
TALLER PRÁCTICO ENCUESTA SOBRE GESTACIÓN SUBROGADA 1 ¿Crees que la gestación subrogada propicia la polarización de clases debido a su alto coste? 1. Sí 2. No 2 ¿Estarías de acuerdo en el caso de que se realizase sin retribución económica a la gestante? Es decir, de manera altruista. 1. Sí 2. No
3 ¿Consideras que es una práctica antifeminista? 1. Sí 2. No 4 ¿Crees que el término " vientre de alquiler" es adecuado? 1. Sí 2. No 5 ¿Accederías a la gestación subrogada en el que caso de no poder tener hijos? • Sí • No
6 ¿Crees que la maternidad debería reconocerse como un derecho? 1. Sí 2. No 7 ¿Crees que un bebé, nacido por gestación subrogada en un país en el que es legal, tiene derecho a adquirir la nacionalidad de sus padres intencionales en otro en el que es ilegal? 1. Sí 2. No 8 ¿Ha cambiado tu opinión respecto al tema tras realizar la encuesta? • Sí • No