REGISTRO MERCANTIL DE LA EMPRESA (HARINA SOL DE ORIENTE, C.A.) Luego de realizar un estudio de mercado y una asamblea constitutiva, para saber con qué objetivos se va a invertir, se procede llevar al Registro Mercantil, que es la institución encargada del registro oficial de las situaciones jurídicas de las empresas en él inscritas. Lo primero que debe hacerse es la consulta del nombre, dirigiéndonos al Registro Mercantil con tres posibles nombres de la empresa, en nuestro caso: 1.- HARINA SOL DE ORIENTE, C.A 2.-FABRICA DE HARINA LA ORIENTAL, C.A. 3.-HARINA LA ORIENTAL, C.A. Para esto debe pagarse un monto, por solicitud de cada nombre, que puede ser cancelado con punto de venta, en caso de que exista, o en el banco a los números de cuentas facilitados por el registro, en nuestro caso pagamos con punto de venta. Listo esto, se da un plazo de 3 días hábiles para la verificación del nombre. Culminado dicho periodo, se verifica el nombre, en nuestro caso estuvo disponible “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A.” y “HARINA LA ORIENTAL, C.A.”, decidiendo la primera opción: “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A.” seguido de esto, se nos da otra planilla de pago que puede ser cancelada con punto de venta o directamente con un depósito en el banco, entregándonos un recibo de reservación y aprobación del nombre. Luego de realizar lo antes mencionado, se procede a hacer el documento del acta constitutiva de amplio desarrollo que al mismo tiempo valdrá como estatutos sociales de nuestra empresa conformada por cinco accionistas. Siendo realizado y firmado por un profesional del derecho (abogado) Después de tener estos recaudos (reservación del nombre, documento constitutivo, documentos de identificación personal, participación al registro, tarjeta de reservación del nombre y certificación emitida por el banco, Balance General de apertura auditado) hay que dirigirse a la taquilla de cálculo donde nos informarán de los pagos correspondientes que debemos cancelar en el Registro para inscribir el documento constitutivo y la participación correspondiente. Una vez hechos estos cálculos, debemos cancelar los aranceles y derechos de registro indicados y presentados en la taquilla de “presentación”, con todos los pagos debidamente cancelados. De esta manera, el funcionario revisara a forma los documentos y si están en orden, indicará que debemos estar presentes en el
registro a los tres días hábiles para finalmente firmar la inscripción del documento constitutivo de la compañía. Durante esos tres días hábiles, el departamento legal se encargará de revisar a fondo el documento, para verificar que no tenga errores y una vez firmada la inscripción del documento constitutivo, nuestra empresa quedará formalmente constituida. Una vez cumplido todo lo anterior, debemos publicar en prensa de circulación nacional o en diarios especializados de publicación, el acta constitutiva de nuestra empresa “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A” ya que esto es un requisito exigido por la ley venezolana.
CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI. SU DESPACHO.
Yo, LUIS ALEJANDRO PARDO VILLAFRANCA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.632.404, de este domicilio, autorizado suficientemente en el Acta Constitutiva de la Sociedad Mercantil “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A con el debido respeto y acatamiento ocurro ante usted para solicitar y exponer lo siguiente. A fines legales consiguientes, presento a Usted, Acta Constitutiva, redactada con suficiente amplitud para que a su vez sirva de Estatutos Sociales para la Empresa Mercantil “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A a los fines de su inscripción en este Registro Mercantil, y solicito a su vez, la publicación pertinente y la expedición de las copias certificadas, una vez cumplido este proceso.
LUIS ALEJANDRO PARDO VILLAFRANCA C.I. V-26.632.404
ACTA CONSTITUTIVA ESTATUTARIA DE LA COMPAÑIA “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A” Nosotros, LUIS ALEJANDRO PARDO,JOSE RAMON GUACARAN, JONATHAN MALAVE, FELIPE LUIS RAMIREZ, ADOLFO LEONEL ROSAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº.V-°26.632.404; Nº.V-°26.548.847; Nº.V°21.172.018; de este domicilio, hemos convenido en constituir, como en efecto formalmente declaramos constituida una Compañía Anónima por medio del presente documento constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud, para que sirva a la vez de Estatutos Sociales para la misma: TITULO I DENOMINACION, DURACION Y OBJETO DE LA COMPAÑIA PRIMERA: La compañía tendrá por denominación Mercantil “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A.”. SEGUNDA: La compañía estará domiciliada en la Ciudad de Lechería, sector Playa Muerta, Calle 37, cruce con Calle 8, Casa Nº 15, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui. Podrá establecer Agencias y Sucursales en cualquier lugar de la República Bolivariana de Venezuela y/ o en el exterior. TERCERA: La compañía tendrá una duración de Veinte (20) años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, plazo que podrá ser prorrogado o disminuido a juicio de los accionistas. CUARTA: La compañía tendrá como objeto principal lo siguiente: Elaboración de harinas precocidas de origen vegetal como la de maiz, trigo; sorgo, etc. Podrá atender cualquier otro actividad, relacionado o no con su objetivo principal, sin limitación alguna. En amplitud
del objeto social podrá realizar cualquier otra actividad de lícito comercio cuando así lo requiera. TITULO II DEL CAPITAL QUINTA: El capital de la compañía es de QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (BS. 500.000.000,00), representado en mil (1.000,00) acciones con un valor
nominal de
QUIENIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) cada una. Dicho capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad según el inventario de bienes muebles anexo, aportados por los accionistas de la siguiente forma: El Accionista: LUIS ALEJANDRO PARDO VILLAFRANCA, suscribe y paga la cantidad de CIEN MILLONES MILLONES BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), que represente veinte por ciento (20%) del capital social; el Accionista: JOSE RAMÓN GUACARAN suscribe y paga la cantidad de CIEN MILLONES MILLONES
BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), que represente veinte por
ciento (20%) del capital social; el Accionista: JONATHAN MANUEL MALAVE suscribe y paga la cantidad de CIEN MILLONES MILLONES BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), que represente veinte por ciento (20%) del capital social; el Accionista: FELIPE LUIS RAMIREZ suscribe y paga la cantidad de CIEN MILLONES MILLONES BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), que represente veinte por ciento (20%) del capital social; el Accionista: ADOLFO LEONEL ROSAS suscribe y paga la cantidad de CIEN MILLONES MILLONES BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00), que represente veinte por ciento (20%) del capital social. El capital social se encuentra cancelado un Cien Por Ciento (100%) por los accionistas.
TITULO III DE LA ISTRACION DE LA COMPAÑIA SEXTA: La istración y dirección de la Compañía estará a cargo de la Junta Directiva, la cual tendrá los más amplios poderes, atribuciones y facultades de dirección, istración, y disposición de la compañía permitidos por Ley, será nombrada por la Asamblea General de Accionista
SEPTIMA: La sociedad será istrada por un Junta Directiva integrada por: Cinco (5) Directores pudiendo ser o no, accionistas de la Compañía, los cuales durarán en sus funciones Cinco (5) años, que pudrían ser reelegidos, cuando así lo decida la Asamblea General de Accionistas.
OCTAVA: La Junta Directiva el Órgano ejecutor de la Junta Directiva y tendrán las más amplias facultades de istración, Disposición y Representación Legal de la Compañía y además de aquellas que les confiere el Código de Comercio, y tendrá las siguientes atribuciones: 1) Ejercer la Dirección y representación de la Compañía en sus negociaciones con terceros, celebrando toda clase de arreglos y contratos, vigilando la actuación de empleados y personas que realicen actos para la compañía o en su nombre. 2) Hacer todo cuanto fuere necesario para cumplir con el objeto social de la Compañía con plenas atribuciones para actuar en defensa de sus derechos e intereses tanto judicial como extrajudicialmente, con facultades para darse por citados, en juicios, intentar o contestar demandas, o reconvenciones, convenir, transigir, hacer posturas de remate y en general todo cuanto consideren conveniente para los intereses de la sociedad. 3) Firmar en nombre de la Compañía su correspondencia y obligarla en todos sus documentos públicos y privados. 4) Librar, avalar, protestar, endosar o aceptar letras de cambio a nombre de la sociedad así como cheques, pagares, y toda clase de instrumentos negociables, otorgar fianzas en general, celebrar toda clase de operaciones con Instituciones Bancarias, Financieras, Comerciales, bien sean Públicas o Privadas. 5) Abrir, movilizar y cerrar cuentas corrientes o de Ahorro en Instituciones Bancarias o en Institutos de Crédito. 6) Recibir los valores, propiedades y bienes de cualquier especie que deban entregarse a la Compañía. 7)
Nombrar representantes, agentes y apoderados generales o especiales
pudiendo delegar en ellos, todas o partes de las facultades Ordinarias o extraordinarias que les son conferidas en este documento. 8) Cumplir o hacer cumplir las decisiones que en ellas se adopten. 9) Formar balances, cuentas inventarios de la Compañía y presentarlos al comisario con un mes de anticipación, por lo menos, al día fijado para la
Asamblea General Ordinaria, y presentar a dicha Asamblea informe sobre la marcha de los negocios de la compañía. NOVENA: Tres (3) de los Cinco (5) Directores, cualesquiera de ellos, firmaran conjuntamente siendo válida para representar a la compañía en actos de cualquier índole, sean: mercantiles, bancarios, jurídicos y podrán obligar a la compañía en los mismos actos.
TITULO IV DE LAS ASAMBLEAS DE LOS ACCIONISTAS DECIMA: La suprema dirección de la Compañía será la Asamblea de Accionistas, regularmente constituida; representa la totalidad de los accionistas y sus deliberaciones y decisiones, dentro de los límites de sus facultades, serán obligatorios para todos, aún para los que no hayan concurrido. DECIMA PRIMERA: Las Asambleas de accionistas serán Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Ordinarias se reunirán dentro de los tres primeros meses vencidos en su ejercicio económico. Las Asambleas Extraordinarias cuando el interés de la sociedad así lo requieran a petición de alguno de los accionistas. La convocatoria para la celebración de las Asambleas, serán Ordinarias o Extraordinarias, deben hacerse con tres (3) días de anticipación a la fecha de la celebración de las mismas, mediante cartas, telegramas o cualquier medio idóneo, con acuse de recibo; no obstante, en caso de que se encuentren reunidos los accionistas que representan la totalidad del capital social (el 100%), se obviará esta formalidad. DECIMA SEGUNDA: De las reuniones de las Asambleas de Accionistas se levantará un acta que debe contener el nombre y los apellidos de los asistentes, su número de acciones; lo tratado y lo acordado y debe estar firmada por todos. DECIMA TERCERA: Las decisiones sólo serán válidas cuando obtenga la aprobación de un número de accionistas que representen por lo menos más de la mitad del capital social, salvo lo dispuesto en el Artículo 280 del Código de Comercio.
DECIMA CUARTA: Los accionistas podrán hacerse representar en las Asambleas por medio de mandatarios para lo cual bastará una simple carta poder dirigida a la Compañía.
TITULO V DEL COMISARIO DECIMA QUINTA: La Asamblea General de Accionistas nombrará un Comisario que durará Cinco (5) años en sus funciones pudiendo ser reelegido si así lo considerase conveniente la misma Asamblea General de Accionistas. DECIMA SEXTA: Los accionistas cuando lo creyesen conveniente podrán pedir que se practique una inspección de alguna o de todas las operaciones de la Compañía, por una persona natural o jurídica, a su costo siempre que el accionista o grupo de accionistas representen por lo menos la mitad del capital social. DECIMA SEPTIMA: Las funciones del Comisario son aquellas que expresamente determine el Código de Comercio. TITULO VI DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE LA COMPAÑIA DECIMA OCTAVA: La sociedad tendrá un ejercicio económico comprendido desde el Primero de Enero y finalizará el Treinta y uno de Diciembre de cada año. El primer ejercicio comprenderá desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil respectivo y finalizará el Treinta y Uno (31) de Diciembre del presente año. DECIMA NOVENA: Para la formación del Balance se aplicarán las reglas previstas en el Código de Comercio. La liquidación de las cuentas, ganancias y pérdidas, comprenderá
todos los gastos de explotación, gastos generales y las pérdidas si las hubiere. Una vez determinadas las utilidades netas anuales, se deducirá un Cinco Por Ciento (5%) para formar el Fondo de Reserva hasta que dicho Fondo alcance el Diez Por Ciento (10%) del Capital Social. El remanente será repartido entre los accionistas en proporción al número de acciones que posean.
TITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS FINAL La Asamblea General de Accionistas, por decisión unánime designó la siguiente Junta Directiva: DIRECTORES: LUIS ALEJANDRO PARDO, JOSÉ RAMÓN GUACARA, JONATHAN MANUEL MALAVE, FELIPE LUIS RAMIREZ, ADOLFO LEONEL ROSAS y como Comisario, la Licenciada LEINISMAR VELASQUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.282.414, inscrita en el C.P.C. bajo el N° 239051. Se autoriza a al ciudadano LUIS ALEJANDRO PARDO VILLAFRANCA., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-26.632.404, a fin de que presenten Documento Constitutivo al Registro Mercantil correspondiente para su otorgamiento, protocolización y publicación y todo lo concerniente al SENIAT.
Registro de Información Fiscal (RIF). Lo primero que vas a hacer es visitar la página del SENIAT, registrarte y te van a dar un formulario de inscripción que debes llenar y presentar en original. Cedula de identidad y RIF de los accionistas, copia y original del registro de comercio y publicación. También debes llevar un recibo de luz o algún recibo donde salga la dirección física de donde este domiciliada tu empresa. Empresa legalmente registrada.
Balance de Apertura Maquinaria y Equipos: Equipo
Horno
Costo
Cantida
Costo
Vendedor
Lugar
Unitario
d
Total
200.080.00 0
2
400.160.00 0
Acero Tanques C.A
Carabobo
20.000.000
3
60.000.00 0
Stainless Stell C.A
Valencia
10.400.000
3
31.200.000
Tramontin a C.A
Barquisimet o
8.640.000
1
8.640.000
Pérez y Valera
Maracay
Total
500.000.0 00
industrial
Molino de Maíz Olla de acero inoxidable Maquina envasador a
APORTES QUE HACEN LOS ACCIONISTAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA ANONIMA “HARINA SOL DE ORIENTE, C.A.”. Al 15/07/2016