Aborto completo e incompleto En el aborto completo el huevo sale íntegro del interior de la mujer; en el segundo quedan restos o partes del feto en el interior. Clasificación del aborto de acuerdo con su origen
Natural o espontaneo
El aborto espontáneo o aborto natural es la pérdida de un embrión o feto por causas no provocadas intencionalmente. Se distingue pues del aborto inducido. El término sólo se aplica estrictamente cuando dicha pérdida se produce antes de la semana 20 del embarazo, denominándose a partir de ese momento parto prematuro. Causas, síntomas y prevención Causas La causa más frecuente es la muerte fetal por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas, en especial las trisomías autosómicas. En otros casos se debe a anormalidades del tracto reproductivo, o a enfermedades sistémicas de la madre o enfermedades infecciosas, así como por sucesos traumáticos. Síntomas Los síntomas, es decir, signos percibidos por la propia paciente más frecuentes son el dolor abdominal de tipo cólico o en la región lumbar; la hemorragia vaginal acompañada o no de dolores cólicos abdominales o la emisión de materia sólida tisular o de coágulos por la vagina. Prevención Las posibilidades de aborto espontáneo pueden limitarse mucho con una atención especial por parte de la madre y una vigilancia médica acentuada, especialmente si dependen de limitaciones físicas de la madre. El riesgo asociado a enfermedades sistémicas se combate tratándolas antes del eventual embarazo y vigilando el estado de la madre durante éste.
Aborto provocado o inducido
interrupción voluntaria del embarazo (IVE) consiste en provocar la muerte biológica del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica y en cualquier circunstancia social o legal. Consecuencia de la salud El aborto, además de terminar con el embarazo, y la existencia del embrión o feto según el caso, no es una intervención exenta de riesgos para la madre. Aun así, según algunos estudios, los riesgos son menores que los de un parto normal. Algunos métodos abortivos, cuando se trata de procedimientos poco invasivos, tienen un bajo riesgo de complicaciones serias.
Aborto terapéutico
El aborto terapéutico es el aborto inducido justificado por razones médicas. La mayor parte de las legislaciones que regulan el aborto, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen, en diferente grado, entre la total o mayor isibilidad del aborto terapéutico respecto a la interrupción voluntaria del embarazo. Legislación Venezolana sobre el aborto El Código Penal Venezolano tipifica el Aborto como un delito contra las personas. Sin embargo, algunos estiman que el feto no es una persona, cosa que es refutada por el propio Código Civil Venezolano en su Art. 17, donde expresa: "El feto se tendrá como nacido cuando se trate de su bien; y para que sea reputado como persona, basta que haya nacido vivo". En Venezuela se mantiene la tesis de la punibilidad del aborto consentido, considerando que el ser humano tiene autonomía biológica-jurídica desde su concepción, y en consecuencia, se reconoce el derecho que tiene el feto a la vida. Por ende, el bien jurídico protegido con el delito de aborto es la vida del feto. Esto sin detrimento de la protección que la Ley dispensa a la mujer embarazada. En estricto derecho, la autonomía jurídica de este ser concebido, puede centrarse en que es un ser susceptible de derechos y obligaciones, y de estos derechos y obligaciones surgen al estimársele como una entidad independiente que vale por sí en sí.