DERECHO, LEGISLACION Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN MEXICO En México, la normatividad ambiental encuentra su base en la Constitución Política. De ésta se derivan las diversas leyes, reglamentos y normas que rigen el país. Las Normas Oficiales Mexicanas, NOMs, son el instrumento jurídico que obliga a cumplir las especificaciones que determina la autoridad federal La reglamentación formal a través de estatutos y normas subordinadas es el enfoqué usual para el control de la contaminación y la protección ambiental a lo largo de la historia. En estados unidos este enfoqué se conoce como « orden y control». Normatividad ambiental en México De los preceptos constitucionales referidos, se derivan una serie de cuerpos normativos que regulan materias relacionadas con la protección del ambiente y de los recursos naturales. Legislación y autoridades locales El objetivo inherente, en materia de vida silvestre y su hábitat, es la conservación, protección y el requerimiento de la optimización en su aprovechamiento a fin de lograr y promover la restauración biológica. En esta tendencia, el 6 de enero de 1971 se promulgó la ley federal para prevenir y controlar la contaminación (Díaz, 2002). El artículo 90 de la Constitución faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de la organización de la istración pública federal. En virtud de lo anterior, el Congreso expidió la Ley Orgánica de la istración Pública Federal (LOAPF), que entró en vigor el primero de enero de 1977. Esta ley ha sido objeto de múltiples y frecuentes reformas. Autoridades ambientales en México Las primeras evidencias de como México comenzó su interés por las cuestiones ambientales se muestra en la ley federal de caza que se publico el 5 de enero de 1953. Este documento se reformo, por primera vez, el 31 de diciembre de 1981, y por segunda ocasión, el 13 de diciembre de 1996. El hecho de que la problemática ambiental se explique a través de las relaciones entre la sociedad, la naturaleza y la economía hace que el derecho ambiental se considere como un medio de regulación del qué se desprende una legislación Propiamente ambiental, que en el caso de México, es en otras, la siguiente: constitución política de los estados unidos mexicanos es la ley suprema de la unión, según lo dispone el articulo 133 de esa carta fundamental. Entre 1990 y 1996, el gobierno federal reorganizó en dos ocasiones las
dependencias responsables de conducir la política ambiental y aplicar las leyes y reglamentaciones en la materia. En 2000 hubo una nueva reorganización de las dependencias con responsabilidad en la materia. Entre los instrumentos legales que se aplican para regular el uso de los RN existe una jerarquía. En México, el máximo instrumento legal es la EUM. • EUM • Tratados Y Convenios Internacionales • Leyes Generales Y Federales • Reglamentos • Normas Oficiales Mexicanas • Decretos, Acuerdos • Constitución Estatal • Leyes Estatales • Bandos Municipales Inspección y vigilancia forestales Autorizar el cambio de uso del suelo de los terrenos de uso forestal; Otorgar los permisos y avisos para el combate y control de plagas y enfermedades; Identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana mediante la integración de las listas correspondientes Establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones, mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción. La conservación, protección, aprovechamiento y desarrollo de la fauna silvestre es una materia concurrente entre la Federación, los estados y municipios en el ámbito de sus respectivas competencias de conformidad con la Ley General de Vida Silvestre, la cual tiene por objeto establecer la concurrencia del Gobierno Federal. Los gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. La Ley General de Vida Silvestre Reconoce que las actividades de conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre se respetarán, conservarán y mantendrán los conocimientos.
Actualmente, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente cuenta con disposiciones reglamentarias en las siguientes materias: Impacto Ambiental Residuos Peligrosos Contaminación Originada por la Emisión del Ruido Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica Prevención y Control de la Contaminación Generada por los Vehículos Automotores que Circulan por el Distrito Federal y los Municipios de su Zona Conurbada Para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos Áreas Naturales Protegidas Auditoría Ambiental Como puede notarse, en México se ha tenido un avance legislativo en materia ambiental, y en los últimos años se ha hecho un esfuerzo por renovar el marco jurídico ambiental, mismo que se integra con la legislación sectorial que a continuación se señala: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable que abrogó a la Ley Forestal Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Ley de Pesca. Ley General de Vida Silvestre que abrogó a la Ley Federal de Caza. Ley de Aguas Nacionales. Ley General de Bienes Nacionales. Ley General de Salud Ley Federal de Sanidad Vegetal Ley Federal del Mar. Ley Minera. Ley General de Asentamientos Humanos. Ley Orgánica de la istración Pública Federal. Nuevo Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Antes Sedue, Sedesol, Semarnap hoy SemarnatD.O.F. 21 de enero de 2003). Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/libros/395/vargas.html